PorMariano28 de mayo de 2026
El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes 26 de mayo el Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la Inteligencia Artificial, remitiendo el texto al Congreso de los Diputados para iniciar su tramitación parlamentaria. Con esta norma, España adapta su ordenamiento jurídico al Reglamento Europeo de IA (AI Act) y se convierte en uno de los países pioneros en estructurar un marco legal propio con un enfoque garantista y de supervisión algorítmica.
El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, destacó en rueda de prensa que el objetivo es compatibilizar la innovación tecnológica y la competitividad empresarial con la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos.
Una de las novedades más importantes de la ley es la prohibición absoluta de sistemas de IA capaces de generar o manipular contenidos realistas (deepfakes) que expongan partes íntimas o simulen actividades sexuales de personas sin su consentimiento. Estas dos prohibiciones — deepfakes sexuales y pornografía infantil generada por IA — fueron acordadas por la UE el pasado 7 de mayo a petición expresa de España tras intensas negociaciones.
La norma también cataloga como prácticas de «riesgo inaceptable» el uso de técnicas subliminales para manipular decisiones individuales, los sistemas de puntuación social (social scoring) y los algoritmos diseñados para explotar vulnerabilidades socioeconómicas, de edad o discapacidad.
A partir del próximo 2 de agosto, todos los contenidos sintéticos generados por IA deberán identificarse claramente:
Imágenes: inclusión obligatoria de las siglas «IA» visibles en una esquina.
Vídeos: marca de agua persistente durante toda la reproducción.
Audios y textos: advertencias explícitas previas a la interacción o exposición del usuario.
El régimen sancionador es especialmente severo para el sector privado. Las infracciones más graves — como comercializar sistemas explícitamente prohibidos — pueden acarrear multas de hasta 35 millones de euros o el 7% de la facturación mundial de la empresa infractora.
Las empresas que desarrollen modelos de «alto riesgo» aplicados en recursos humanos, educación o biometría estarán sujetas a auditorías de cumplimiento y control humano permanente.
Sin embargo, la ley mantiene una polémica excepción: el régimen de sanciones económicas no se aplicará a la Administración Pública. Si un organismo estatal hace un uso indebido de herramientas algorítmicas, solo recibirá una amonestación pública, mientras que una empresa privada por la misma infracción afrontaría multas millonarias.
La Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial (AESIA) asumirá las funciones de autoridad coordinadora central y ventanilla única, trabajando junto a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). La ley también obliga a crear un inventario público de los algoritmos utilizados en los procedimientos administrativos del Estado.
El Gobierno prevé completar el despliegue ejecutivo de la norma antes de que acabe 2026.
Fuentes: La Moncloa (nota oficial del Consejo de Ministros), Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, El País, La Vanguardia, Xataka, LegalToday.
Formador, divulgador y autor especializado en Inteligencia Artificial. Fundador de IAGeducación, donde acerco la IA a todos los públicos a través de charlas y publicaciones. Autor de 'Lo que debes saber de la IA', 'Inteligencia Artificial Generativa para Todos' e 'Inteligencia Artificial Generativa para Niños'